viernes, 10 de febrero de 2012
Los De Abajo contra la ley Hinzpeter.
Cuando hablamos de la criminalización de la protesta social, uno de los conceptos que tenemos que analizar es el de Orden Público. Este a través de la historia ha sido la excusa del Estado para sancionar y perseguir a aquellos que utilicen la protesta para manifestar y reivindicar sus ideas. Hace poco en Chile, se aprobó la ley Hinzpeter que “fortalece el resguardo del orden público”. Caso similar ocurre aquí en Colombia con la nueva ley de "Seguridad Ciudadana".
Resumen de la Ley que "Fortalece el Resguardo del Orden Público".
Modificación del tipo penal de desordenes públicos:
Los que perturbaren gravemente la tranquilidad pública para causar injuria u
otro mal a alguna persona particular o con cualquier otro fin reprobado.
Los que participaren o hayan incitado, promovido o fomentado, desordenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia que importe: Paralizar o interrumpir el tránsito, o algún servicio publico. Impedir o alterar la libre circulación de las personas. Atentar contra la autoridad o sus agentes.
Pena: Hasta 3 años.
La reforma asume que todo tipo de manifestación en donde se corte calle, se tome algún establecimiento incluso se corte una vereda será un “violento desorden público”. Entonces, que derecho a reunión existiría de aprobarse esta reforma. Hay alguna marcha que no corte calle? Que no altere la circulación de los peatones? No es una marcha un momento de interrupción en donde nos tomamos la calle para defender y difundir nuestras ideas?.
Aumento de las penas por utilización de capucha: Si el delito fue cometido con capucha, se aplicara la pena más alta.
Se incorpora el ataque a PDI y Carabineros como delito contra la autoridad.
Se permite al fiscal apelar de la declaración de ilegalidad de la detención.
Se le da a PDI y Carabineros la facultad de solicitar la entrega de filmaciones, grabaciones u otros medios, que puedan ser usados como prueba sin orden del fiscal.
Si bien hoy en base a un control de identidad las policías pueden revisar tus pertenencias, no se pueden llevar tus documentos o filmaciones (al menos en la ley) con esta reforma podrán solicitarlas y retenerlas al ser entregadas “voluntariamente”. Dada la lógica que opera en las marchas la voluntariedad de la entrega probablemente será firmar un papel bajo amenaza de golpes o de dejarte mayor tiempo detenido (este procedimiento suele utilizarse para firmar la constatación de lesiones, en donde detenidos con lesiones firman un acta de “sin lesiones” con tal de salir pronto de la comisaria o por miedo)
Si bien esto no debe amedrentarnos, entregamos esta información con el fin de que conozcamos cómo actúa el estado - en este caso el Chileno - y como se perfecciona, porque la criminalización del que lucha no es una frase vacía, es una realidad histórica y concreta, que hoy en día se sigue construyendo; y tal como ellos avanzan nosotros debemos perfeccionarnos en nuestra lucha.
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